Ley Nº 32004
Ley del Colegio de Tecnologos Medicos del Perú Norma : Ley Nº 32004 Publicado : Viernes 19 Abril 2024 Deroga : Ley 24291 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DEL COLEGIO DE TECNÓLOGOS MÉDICOS DEL PERÚ Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley regula la personería jurídica del Colegio de Tecnólogos Médicos del Perú, antes Colegio Tecnólogo Médico del Perú, creado por la Ley 24291, como una entidad autónoma de derecho público interno, representativa de la profesión de Tecnología Médica en todo el territorio de la República. Artículo 2. Sobre el ejercicio de la profesión La colegiatura es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión de Tecnología Médica en cualquiera de sus áreas, dentro del territorio de la República. Artículo 3. Requisito para la colegiatura Para la inscripción de profesionales en Tecnología Médica en el Colegio de Tecnólogos Médicos del Perú es requisito