R. M. Nº 798-2010/MINSA

 

Modifican Norma Técnica de Salud Enfermedades Profesionales 

Norma : R. M. Nº 798-2010/MINSA

Publicado ; 14 Octubre 2010

Lima, 14 de Octubre del 2010

Visto el Expediente N° 09-012307-001, que contiene el Memorando N° 3692- 2010-DGSP/MINSA y el informe N° 002-2010-CD-DAIS/MINSA de la Dirección General de la Salud de las Personas;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural;

Que, por Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, del 14 de julio de 2008, se aprobó la NTS N° 068-MINSA/DGSP-V.1, "Norma Técnica de Salud que establece el Listado de Enfermedades Profesionales", con la finalidad de contribuir con el adecuado proceso de evaluación y calificación del grado de invalidez en trabajadores asegurados que padecen una "enfermedad profesional", perteneciente al listado oficial:

Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas a través de la Dirección de Atención Integral de Salud, y en coordinación con la Comisión Técnica Médica y la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Enfermedades Metaxenicas y otras transmitidas por Vectores, han considerado A, necesario proponer la modificación del Grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos, la misma que se encuentra integrada en la Norma Técnica de Salud antes citada:

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas,

Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y.

De conformidad con el literal 1) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Modificar en el grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos, correspondiente a la página 41, de la NTS 068-MINSA/DGSP- V.1 Norma Técnica de Salud que establece el Listado de Enfermedades Profesionales,aprobada por Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, lo siguiente.

Grupo 3: Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos

AGENTE : Leishmania sp

CIE 10  : B 55

Relación de Sintomas y patologias relacionadas con el agente

Leishmaniosis Tegumentaria: Cutânea, cutánea mucosa y difusa Leishmaniosis Visceral

Principales actividades capaces de producir enfermedades relacionadas con el agente : Exposición en áreas con transmisión

Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge normas.asp.

Regístrese, comuniquese y publiquese.

(..)

Comentarios

Entradas populares de este blog

Res. Jefatural Nº 217-2024-INEI

R. M. Nº 022-2024/MINSA

D.S. Nº 013-2023-TR