RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2025-TR

 Ministerio de trabajo 
Trabajador Social
Proyecto de Ley


Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30112, Ley del ejercicio profesional del Trabajador Social, de su exposición de motivos, así como del citado reglamento

Norma :RESOLUCIÓN MINISTERIAL  N° 201-2025-TR
Publicada  : Martes 23 Diciembre  2025

Lima, 22 de diciembre de 2025

VISTOS: el Memorándum N° 001992-2025-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 001483-2025-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Informe N° 000697-2025-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; y la Hoja de Elevación N° 001145-2025-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece en sus artículos 22 y 23 que el trabajo es un deber y un derecho, así como la base del bienestar social y un medio de realización de la persona, razón por la cual es objeto de atención prioritaria del Estado;

Que, mediante la Ley N° 30112, Ley del ejercicio profesional del Trabajador Social, se regula el ejercicio profesional del trabajador social en todos los ámbitos y dependencias del sector público y privado, cualquiera sea el régimen laboral al que pertenezca;..

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30112 establece que el Poder Ejecutivo emite el reglamento de la referida ley, precisando que, para tal efecto, conformará una comisión encargada de elaborar el proyecto de reglamento, la cual estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, un representante del Ministerio de Salud, un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, un representante del Colegio de Trabajadores Sociales del Perú y uno de las asociaciones representativas de trabajadores sociales;

Que, mediante la Resolución N° 422-2023-TR, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el objeto de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30112, el cual se instaló el 17 de noviembre de 2023 y culminó su vigencia el 29 de enero de 2024;

Que, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, establece que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía de conformidad a las normas establecidas en el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos o la norma que lo sustituya;

Que, de acuerdo con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, el citado reglamento establece el contenido y la formalización a cumplirse para la publicación de los proyectos normativos;

Que, en atención al marco normativo expuesto, resulta necesario se disponga la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30112, el cual implementa la Quinta Disposición Complementaria Final de la referida ley; así como la publicación de su exposición de motivos y del proyecto del citado reglamento, a fin de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR;

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo
1.1 Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30112, Ley del ejercicio profesional del Trabajador Social, y de su exposición de motivos, así como del citado reglamento, que como anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general.

1.2 La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones es la responsable de la publicación en sede digital a que se refiere el numeral precedente.

Artículo 2.- Mecanismo de participación
2.1 Disponer que los comentarios, aportes y/u opiniones sobre los proyectos de decreto supremo, de reglamento y de exposición de motivos, a los que se refiere el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, pueden ser presentados, con atención a la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo, en la mesa de partes de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en Avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.

2.2 La Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo es la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes y/u opiniones que se presenten.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
(..)


Revise también

Ley del  Ejercicio profesional  del Trabajador social
Ley 301132 ( Publicada 23 Noviembre 2013)




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