Traslado desde la ONP a AFP y viceversa .

 

ONP publica reglamento Operativo, para traslado de afiliados.

Norma : Resolución  000081-2026-PE-ONP

Publicado  : Jueves 11 Setiembre 2026

Entrara en vigencia desde el 1 de junio del 2027

Motivo  : En el marco de la implementación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley N° 32123), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el Reglamento Operativo de Traslados.

Sustento Legal  : Este reglamento operativo, se aprobó mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000081-2026-PE-ONP, publicado  el diario oficial El Peruano Viernes 11 de Setiembre 2026

Objetivo  : El documento regula los procedimientos y condiciones para el tránsito entre los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Permitirá a los afiliados trasladarse entre regímenes previsionales de manera voluntaria, informada y transparente.

Detalles  : A partir del 1 de junio del 2027, se iniciará el proceso de asesoría, recepción y atención de solicitudes de traslados para todos los afiliados.

Así pues , tienen la posibilidad de trasladarse del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado de Pensiones o viceversa, siempre que lo hagan de forma informada y aceptando las condiciones y los beneficios de cada régimen.

Del proceso.. De acuerdo con el reglamento operativo, las claves del proceso son:

- Plataforma única: el trámite se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), herramienta digital única que centraliza la afiliación y traslado entre regímenes.

- Disponibilidad: el primer traspaso se podrá solicitar en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados el afiliado deberá permanecer por un período mínimo de 24 meses en el régimen en el que se encuentra.

- Restricciones: los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no pueden trasladarse, debido a que ya se encuentran percibiendo una pensión.

Normas completarias..  La SBS emitirá normas complementarias y continuará coordinando con la ONP las acciones correspondientes .

Descargar aqui  reglamento Operativo


Vea también 

Ley N.º 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano 



Comentarios

Entradas populares de este blog

Ley Nº 32353

Ley Nº 32102

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 210-2024-TR