Resolución Jefatural Nro 214-2021-INEI
Fecha : 17/09/2021
Lima, 17 de setiembre de 2021
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción;
Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informática (INE!) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;
Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe N* 02-08-2021/DT1E, referido a los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las Áreas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Agosto de 2021 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y;
Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadistica; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Juridica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N* 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Índices Unificados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes al mes de Agosto de 2021, que se indican en el cuadro siguiente:
(*) Sin Producción
Nota: El cuadro incluye los indices unificados de código: 30, 34, 39, 47, 49 y 53, que fueron aprobados mediante Resolución Jefatural N* 207- 2021-INE1.
Artículo 2.- Las Áreas Geográficas a que se refiere el artículo 1, comprende a los siguientes departamentos:
Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.
Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica.
Área 3 :Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali.
Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.
Área 5: Loreto.
Área 6: Cusco, Puno, Apurimac y Madre de Dios.
Artículo 3.- Los Índices Unificados de Precios de la Construcción, corresponden
a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.
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