R. M. N° 374-2022-TR

 Sector Privado 

Licencia 

Fallecimiento familiar 

Reglamento: Proyecto 

Disponen la prepublicación, en el portal institucional, del proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31602, Ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado, y su exposición de motivos.

Norma       : R. M. N° 374-2022-TR

Publicado  : 30/12/2022

Lima, 28 de diciembre de 2022

VISTOS: el Informe N° 699-2022-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; el Memorando N° 1543-2022-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; y el Informe N° 1071-2022-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 7 de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho a la protección de su salud, del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa;

Que, el Convenio 156 de la OIT, Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, ratificado por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 24508, indica en el numeral 1 de su artículo 3 que, con miras a crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras, cada Miembro deberá incluir entre los objetivos de su política nacional la permisión de que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales;

Que, mediante la Ley Nº 31602 se ha establecido el derecho de licencia a favor de los trabajadores por fallecimiento de familiares en el sector privado;

Que, conforme a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31602, corresponde aprobar su reglamento a fin de garantizar la mejor aplicación de la referida ley;

Que, el literal c) del artículo 61 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la Dirección General de Trabajo tiene como una de sus funciones la de formular las normas nacionales y sectoriales, en materia sociolaboral, de relaciones colectivas e individuales de trabajo, en coordinación con entidades y órganos competentes;

Que, mediante el Informe N° 699-2022-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo, respectivamente, se solicita la prepublicación del citado proyecto de decreto supremo y su exposición de motivos, considerando lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2022-JUS y lo previsto en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

Que, conforme a lo expuesto, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31602, Ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado, con la finalidad de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 007-2022-TR, Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Articulo 1.- Pre publicación del proyecto normativo

Disponer que la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la pre publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31602, Ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el sector privado, y su exposición de motivos, que como anexos forman parte de la presente resolución ministerial, en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de los y las empleadores/as y trabajadores/as, o sus respectivas organizaciones, de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; durante el plazo de diez días calendario, contados desde la vigencia de la presente resolución ministerial.


Articulo 2.- Recepción de comentarios

Disponer que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de decreto supremo y exposición de motivos mencionados en el artículo 1 pueden ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicado en avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; así como, a través del formulario virtual de mesa de partes, cuya dirección web es https://mdp.trabajo.gob.pe/formdp/#/tramite/registro, o a través del correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.

Artículo 3.- Órgano responsable

Encargar a la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

(..)


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