Resolución Nº 010-2023-SUNAFIL/TFL


 Norma : Resolución   Nº 010-2023-SUNAFIL/TFL

Publicado  : 11/06/2023

Vigencia   : 12 /06/2023

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Registro de  asistencia y   principio de  irrenunciabilidad


Resumen
1. El registro del control de asistencia es diferente al tareo, ya que el primero constituye una obligación legal del empleador; mientras que el tareo es un 
documento de gestión interna del empleador. 

2. No contar con el registro de control de asistencia constituye una infracción de carácter insubsanable.

3. El administrado no puede alegar que la supuesta renuncia de sus trabajadores a un 
derecho indisponible, pueda aliviarle de sus responsabilidades legales como empleador. 

4.El empleador no puede exonerarse del cumplimiento del deber de formalizar a su 
personal bajo un pretexto de acuerdo unilateral ni bilateral sustentado en la renuncia de derechos fundamentales

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