R. M. N° 1378-2023-IN
Sector Público
Municipalidad
Serenazgo
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-IN, y su Exposición de Motivos
Norma : R. M. N° 1378-2023-IN
Publicado : Sábado 28 Octubre 2023
Lima, 27 de octubre de 2023
VISTOS, el Memorando N° D000707-2023-IN-VSP-DGSC de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Informe N° D000187-2023-IN-DGSC-DEP de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana; y el Informe N° D000558-2023-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, regula las funciones, competencias, derechos, obligaciones, prohibiciones, capacitación y régimen laboral del servicio de serenazgo municipal como parte del servicio de seguridad ciudadana que prestan las municipalidades;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2022-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, norma que establece disposiciones sobre las funciones, competencias, derechos, obligaciones, prohibiciones, requisitos, proceso de selección, capacitación y régimen laboral del servicio de serenazgo municipal, mecanismos de cooperación y demás aspectos vinculados a dicho servicio;
Que, a través de la Ley N° 31795, Ley que modifica la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, que autoriza el uso de medios de defensa, se introdujeron cambios en la normativa que regula el servicio de serenazgo que hacen necesaria la adecuación del Reglamento de la Ley N° 31297, a efectos de autorizar el uso de los medios de defensa del servicio de serenazgo;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31795, establece que el Poder Ejecutivo, con el refrendo del Ministerio del Interior, adecúa el Reglamento de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, aprobado por el Decreto Supremo 009-2022-IN;
Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, por su parte, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, establece que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía en el portal del Sector respectivo. La publicación se aprueba mediante resolución ministerial del sector que corresponda, la que se publica en el diario oficial El Peruano y el proyecto de reglamento en el portal electrónico respectivo;
Que, en ese contexto normativo, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-IN, con la finalidad de difundir, así como recibir las sugerencias, comentarios y recomendaciones al texto de la propuesta normativa que planteen las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como las personas naturales en general;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, y;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-IN” y de su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter ), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Establecer un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general.
Artículo 3. Las sugerencias y recomendaciones podrán ser presentadas a través de la dirección de correo electrónico recursosparalaseguridad@mininter.gob.pe.
Artículo 4. Encargar a la Dirección General de Seguridad Ciudadana la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias, comentarios y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
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