Modifican el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio, julio y agosto de 2024 Norma : Res. Jefatural Nº 217-2024-INEI Publicado : Sábado 14 Setiembre 2024 Lima, 12 de setiembre de 2024 Visto el Oficio N° 000629-2024-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO : Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 174, 179, 195, 199 y 208-2024-INEI se aprobaron los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis áreas geográficas correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2024; Que, con fecha 6 de setiembre de 2024 se publicó en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución Ministerial Nº 139-2024-TR, de 5 de setiembre de 2024, que resuelve publicar el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024- 2025”, suscrito en trato directo el 21 de agosto de
Aprueban Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2 Norma : R. M. Nº 022-2024/MINSA Publicado : Lunes 15 Enero 2024 Edición extraordinaria del diario oficial el Peruano Deroga : Directiva Administrativa Nº 339-MINSA/DGIESP-2023 Lima, 13 de enero del 2024 Vistos; el Expediente Nº UFETP020240000003, que contiene el Memorándum Nº D000164-2024-DGIESP-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, que remite el Informe Nº D000004-2024-UFETP-MINSA de la Unidad Funcional de Prevención y Manejo de Enfermedades Transmisibles Priorizadas; y el Informe Nº D000035-2024-OGAJ-MINSA, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO : Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la Salud es condición indispensable del desarrollo humano
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31602, Ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el Sector Privado Norma : D.S. Nº 013-2023-TR Publicado Domingo 24 Diciembre 2023 Resumen : El trabajador/a tiene derecho a ausentarse de su puesto de trabajo con ocasión del fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos/as y hermanos/as por un plazo de cinco días calendario. Con goce de su remuneración. Es aplicable a trabajadores/as del sector privado, tanto a los/las del régimen laboral general de la actividad privada como a aquellos/as comprendidos/as en los regímenes especiales. Del trámite interno de la licencia Al termino de licencia - En lugar distinto centro de trabajo ,.Debe acreditar que el fallecimiento se produjo en un lugar geográfico distinto al del centro de trabajo. ¿ Si no tiene documentación? Si no fuera posible, el/la trabajador/a cursa una declaración jurada al/a la empleador/a en la que se indique el lugar donde fallec
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