RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 078-2026-TR


Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece disposiciones complementarias sobre el Pase Intersindical previsto en el artículo 29 de la Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, y de su exposición de motivos

Norma :RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 078-2026-TR

Publicado  : Martes 31 Marzo 2026

Lima, 30 de marzo de 2026

VISTOS: el Memorándum N° 000539-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000490-2026-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Informe N° 000238-2026-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; y la Hoja de Elevación N° 000297-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en sus artículos 22 y 23 que el trabajo es un deber y un derecho, así como la base del bienestar social y un medio de realización de la persona, razón por la cual, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado;

Que, el artículo 29 de la Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, establece que, el artista extranjero para actuar en nuestro país, debe acreditar que cuenta, entre otros, con un Pase Intersindical extendido por el sindicato peruano que agrupe a los artistas de la especialidad o género que cultiva el artista extranjero;

Que, el literal b) del artículo 16 del Reglamento de la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2004-PCM, precisa que es requisito para la actuación del artista extranjero en nuestro país, la presentación del Pase Intersindical conforme lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Final del Reglamento de la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2004-PCM, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se encuentra autorizado para establecer, dentro del ámbito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, y el referido reglamento;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00021-2026-TR, se aprueba la Agenda Temprana 2026-2027 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que identifica como problema público que aborda la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo, a la ausencia de criterios objetivos para la emisión del pase intersindical en el sector artístico;

Que, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, establece que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía de conformidad a las normas establecidas en el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos o la norma que lo sustituya;

Que, de acuerdo con el capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, el citado reglamento establece el contenido y la formalización a cumplirse para la publicación de los proyectos normativos;

Que, en atención al marco normativo expuesto, resulta necesario se disponga la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece disposiciones complementarias sobre el Pase Intersindical previsto en el artículo 29 de la Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante; el cual implementa la Tercera Disposición Final del Reglamento de la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2004-PCM, así como la publicación de su exposición de motivos, a fin de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo   1.1 Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece disposiciones complementarias sobre el Pase Intersindical previsto en el artículo 29 de la Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, y de su exposición de motivos, que como anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general.

1.2 La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones es la responsable de la publicación en sede digital a que se refiere el numeral precedente.

Artículo 2.- Mecanismo de participación 2.1 Disponer que los comentarios, aportes y/u opiniones sobre el proyecto normativo y su exposición de motivos, a los que se refiere el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, pueden ser presentados, con atención a la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo: en la Mesa de Partes de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en Avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.

2.2 La Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo es la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes y/u opiniones que se presenten.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

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