Decreto Supremo N° 006-2026-JUS
DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL
Norma :Decreto Supremo N° 006-2026-JUS
Publicado : Jueves 30 Abril 2026
Deroga : Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece las normas comunes para las actuaciones de la función administrativa del Estado y, regula todos los procedimientos administrativos desarrollados en las entidades, incluyendo los procedimientos especiales;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1272, Decreto Legislativo que modifi ca la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, se modifican e incorporan diversos artículos al dispositivo legal antes citado;
Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1452, Decreto Legislativo que modifi ca la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; se modifican e incorporan algunos numerales y artículos a la Ley Nº 27444, relacionados a las modalidades de notificación, procedimientos de evaluación previa con silencio negativo, entre otros;
Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1452, las entidades del Poder Ejecutivo se encuentran facultadas a compilar en el respectivo Texto Único Ordenado las modificaciones efectuadas a disposiciones legales o reglamentarias de alcance general correspondientes al sector al que pertenecen con la finalidad de compilar toda la normativa en un solo texto; y su aprobación se produce mediante decreto supremo del sector correspondiente, debiendo contar con la opinión previa favorable del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, en atención a las modifi caciones efectuadas a la Ley Nº 27444, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley del
Procedimiento Administrativo General;
Que, posteriormente, a través del Decreto Legislativo Nº 1497, Decreto Legislativo que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el COVID- 19, se incorpora un párrafo al artículo 20 de la Ley Nº 27444, respecto a las modalidades de notificación;
Que, buscando la optimización de los procesos se modifica la Ley Nº 27444 mediante la Ley Nº 31603, Ley que modifica el Artículo 207 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, a fin de reducir el plazo para resolver el recurso de reconsideración; así como, mediante Ley Nº 31465, Ley que modifica la Ley Nº
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, a fin de facilitar la recepción documental digital;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1561, Decreto Legislativo que modifi ca la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General para fortalecer la regulación de los
procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados y del proceso de ratificación de tasas, se modifican algunos artículos de la Ley Nº 27444, a fin de reforzar y mejorar las condiciones regulatorias para la aprobación e implementación de procedimientos administrativos y servicios prestados en
exclusividad estandarizados, así como para el proceso de ratificación de tasas que se encuentran previstas en la citada Ley;
Que, con la Ley Nº 31724, Ley que promueve el registro de signos distintivos estableciendo la reducción del derecho de tramitación para la micro y pequeña empresa (MYPE), se modifi ca el numeral 45.2. del artículo 45 de la Ley Nº 27444 en relación a los límites de los derechos de ramitación;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1633, Decreto Legislativo que modifica el numeral 207.2 del artículo 207 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, se amplió el plazo para que los consejos directivos de los organismos reguladores puedan resolver los recursos de reconsideración interpuestos en instancia única;
Que, el numeral 12 del Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por
Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS, establece que el Texto Único Ordenado es el documento que compila y sistematiza en un solo texto integral las normas contenidas en una ley o disposiciones reglamentarias de alcance
general, a fin de otorgarle la coherencia sistemática que pudiera haber sido afectada como producto de las modificaciones y derogaciones dispuestas por normas
posteriores hacia la citada norma.
No posee carácter innovador ni interpretativo, ni modifi ca el valor y fuerza de las normas ordenadas;
Que, de acuerdo a lo señalado, resulta necesario compilar, ordenar y sistematizar todas las modificaciones normativas efectuadas a la Ley Nº 27444, aprobando su texto único ordenado, a fin de que, tanto las entidades de la Administración Pública, como los administrados, cuenten con un único texto como fuente informativa que facilite su manejo;
Que, corresponde precisar que, según lo dispuesto en el literal f) del párrafo 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la
Calidad Regulatoria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, al aprobar el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, se aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; cuyo literal d) del párrafo 19.2 del artículo 19 del referido Reglamento, establece que se exceptúa de la publicación a las disposiciones que aprueban Textos Únicos Ordenados, Textos integrados, y Textos Únicos de Procedimientos Administrativos;
Que, acorde a la normativa citada y considerando el objeto de la norma, corresponde que se exceptúe la publicación del proyecto del presente Decreto Supremo;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto
Legislativo Nº 1452, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
DECRETA:
Artículo 1. Objeto y finalidad
El presente decreto supremo tiene por objeto aprobar el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que compila, ordena y sistematiza todas las modifi caciones normativas efectuadas a dicha ley, a fi n de que las entidades de la Administración Pública y los administrados, cuenten con un único texto como fuente informativa que facilite su
manejo.
Artículo 2. Aprobación del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General
Se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
Artículo 3. Publicación
El presente decreto supremo y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
(..)
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
ÚNICA. Derogación
Derogar el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
Nuevo texto único ordenado procedimiento administrativo general .. Jueves 30 Abril 2026



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