Nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA - PLAME, FORMULARIO VIRTUAL Nº 0601
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000213-2026/SUNAT
Fecha de publicación: 29/10/2026
Lima, 27 de octubre de 2026
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de Superintendencia Nº 000016-2026/SUNAT aprobó la versión 4.6 del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601;
Que mediante el Decreto Supremo Nº 015-2026-TR se ha establecido que, a partir del 1 de octubre de 2026, la Remuneración Mínima Vital (RMV) asciende a mil doscientos treinta y 00/100 soles (S/ 1 230,00);
Que para la determinación de algunos conceptos que se declaran utilizando el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601, se debe considerar como referencia la RMV, por lo que resulta necesario aprobar una nueva versión del mencionado PDT a fin de actualizarlo;
En uso de las facultades conferidas por los artículos 29 y 88 del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; el artículo 79 de la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo TUO fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF; el artículo 12 del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27334 y establece los alcances, periodos y otros aspectos sobre la administración de las aportaciones a ESSALUD y ONP; el artículo 8 del Reglamento de la Ley Nº 28046, Ley que crea el Fondo y la Contribución Solidaria para la Asistencia Previsional, aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2004-EF; el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 30003, Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-EF; el artículo 96 del Reglamento de la Ley Nº 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, aprobado por el Decreto Supremo Nº 189-2025-EF; el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, que establece disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el literal k) del artículo 10 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto y finalidad : La presente resolución de superintendencia tiene por objeto aprobar la versión 4.7 del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601, con la finalidad de adecuar dicho aplicativo al cambio de la RMV.
Artículo 2.- Aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601
2.1 Se aprueba el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 - versión 4.7, a ser utilizado a partir del periodo octubre del 2026.
El PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 - versión 4.7 también se utiliza para la presentación de la PLAME y la declaración, original o rectificatoria, de los conceptos referidos en los incisos b) al m) y del o) al t) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT correspondiente a los periodos tributarios de noviembre de 2011 a setiembre de 2026, así como para efectuar el pago correspondiente.
2.2 El PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 - versión 4.7, se encuentra a disposición de todos los interesados en el Portal SUNAT, cuya dirección electrónica es: https://www.sunat.gob.pe, a partir del 30 de octubre de 2026.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA.- Vigencia : La presente resolución entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
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