Reglamento prestaciones del pilar semicontributivo afiliados AFP

 

ONP aprueba reglamento para el acceso de los afiliados al SPP a las prestaciones del pilar semicontributivo

Norma : Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000087-2026-PE-ONP.

Publicado  : Domingo 13 Setiembre 2026

Del Pilar semicontributivo

La Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano  artículo 21 de la precitada Ley, señala que la administración del pilar semicontributivo y de las prestaciones  que en este se otorga se encuentra a cargo de la Oficina de Normalización Previsional.

Las prestaciones del pilar semicontributivo son las siguientes: Prestaciones de jubilación e invalidez, Prestaciones de sobrevivencia, según lo regulado en la normatividad vigente del SPP y Gastos de sepelio en el régimen previsional del SPP.


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