Res Adtva. N° 000431-2022-CE-PJ
Suspenden plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Distrito Judicial de Huancavelica, así como las labores jurisdiccionales y administrativas.
Norma : Res Adtva. N° 000431-2022-CE-PJ
Publicado : 16/12/2022
Lima, 14 de diciembre del 2022
VISTO:
El Oficio N° 001437-2022-P-CSJHU-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica mediante Oficio N° 001437-2022-P-CSJHU-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que debido a la coyuntura actual, la infraestructura de la sede Central y la sede Chancas han sido dañadas; hecho que ha generado la imposibilidad de realizar trabajo remoto por parte de los jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo, ya que los servicios de VPN han sido afectados, conforme se puede apreciar del oficio presentado por el Administrador del Módulo Penal. En tal sentido, solicita suspender las labores; así como los plazos administrativos y jurisdiccionales en el referido Distrito Judicial.
Segundo. Que, estando a lo expuesto, y con el fin no afectar a los usuarios/as del servicio de justicia; así como proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad y salud de usuarios/as, abogados/as, jueces/zas, personal jurisdiccional y administrativo; este Órgano de Gobierno considera pertinente aprobar la propuesta presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica; emitiéndose el acto de administración correspondiente.
Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1496-2022 de la quincuagésima cuarta sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 14 de diciembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Suspender, en vía de regularización desde el 13 y hasta el 16 de diciembre de 2022, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Distrito Judicial de Huancavelica. Se mantiene la eficacia de los actos jurisdiccionales y administrativos realizados o que se realizarán en dicho periodo.
Artículo Segundo.- Suspender, por el referido periodo, las labores jurisdiccionales y administrativas en el Distrito Judicial de Huancavelica; debiéndose garantizar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia en materias penal, constitucional, familia y otras necesarias, que designará la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Ministerio Público, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
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