Res. Adtva N° 000121-2023-CE-PJ
Disponen la prórroga de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) de las plazas cubiertas a mérito de la Resolución Administrativa N° 310-2021-CE-PJ
Norma : Res. Adtva N° 000121-2023-CE-PJ
Publicado : 05/04/2023
Lima, 4 de abril del 2023
VISTO:
El Oficio N° 000012-2023-P-CONAPJ-CE-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, elevando el Informe N° 000011-2023-ST-CONAPJ-CE-PJ que sustenta el pedido de continuidad de 49 Contratos CAS destinados al Plan de Descarga en los Archivos Judiciales.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 219-2017-CE-PJ de fecha 13 de julio de 2017 se creó la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, definiéndola como el ente rector en materia archivística de este Poder del Estado, cuya función principal es contribuir a un trabajo integral, sistémico y ordenado de los Archivos del Poder Judicial, a nivel central y nacional; en aspectos técnicos normativos, personal, capacitación, infraestructura, equipo, mobiliario, tecnología de la información, entre otros, considerando que cada año se remiten a los archivos miles de expedientes; y, por tanto, anualmente presentan mayores exigencias de locales, equipamiento y personal, entre otras necesidades.
Segundo. Que, para realizar una labor en condiciones mínimas de equipamiento, señalización y mantenimiento para la seguridad de los archivos del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió la Resolución Administrativa N° 076-2019-CE-PJ, que aprobó los lineamientos y condiciones mínimas de trabajo; documentos que se condice con la Resolución Administrativa N° 000486-2020-GG-PJ que aprobó la Directiva “Lineamientos de servicios para la atención en los archivos centrales, gestión y periféricos producto de la pandemia COVID-19”, la misma que establece las medidas para regular las actividades archivísticas y la manipulación de documentos desarrollados por los trabajadores y usuarios que gestionan documentos para la atención de los servicios en el Archivo Central de las Cortes Superiores de Justicia.
Tercero. Que, la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial identificó, en su momento, que en los repositorios del Poder Judicial existen serios problemas de personal insuficiente para el ejercicio de las actividades archivísticas; así como la excesiva sobrecarga de expedientes pendientes de ser recepcionados, clasificados y ordenados al interior de los archivos judiciales; situación que fue atendida mediante la Resolución Administrativa N° 000310-2021-CE-PJ que aprobó la contratación de 49 personas para el último trimestre del año 2021, con el fin de atender un Plan de Descarga en los Archivos Centrales de los diferentes Distritos Judiciales del país y de la propia Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial; que en un primer momento fue prorrogada mediante Resolución Administrativa N° 000438-2021-CE-PJ hasta el 31 de marzo de 2022; luego, fue prorrogada mediante Resolución Administrativa N° 00026-2022-P-CE-PJ, hasta 31 de diciembre de 2022; después, mediante Resolución Administrativa N° 000464-2022-P-CE-PJ hasta el 31 de marzo de 2023.
Cuarto. Que, el personal contratado inicialmente a mérito de la Resolución Administrativa N° 310-2021-CE-PJ, prorrogadas mediante las Resoluciones Administrativas mencionadas en el considerando anterior, obedece a la necesidad de fortalecer con recursos humanos al área de archivos de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, Corte Suprema de Justicia de la República, Procuraduría Pública del Poder Judicial y la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial; en atención al incremento de la sobrecarga existente en los repositorios de sus archivos desconcentrados (ex archivos centrales); con la finalidad de realizar la recepción de expedientes provenientes de los órganos jurisdiccionales, su clasificación y ubicación en los anaqueles, el reetiquetado de paquetes de expedientes; así como se ha efectuado inventarios actualizados, selección de expedientes para transferencia a los archivos regionales, entre otras labores archivísticas.
Quinto. Que, del seguimiento al cumplimiento de metas en los archivos judiciales, el señor Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial mediante Oficio N° 000011-2022-P-CONAPJ-PJ, informó que la meta general al inicio del Plan de Descarga en el presente año fue de 10,725,039 (diez millones setecientos veinticinco mil treinta y nueve) expedientes; y que se logró trabajar durante el 2022 la cantidad de 7,515,411 (siete millones quinientos quince mil cuatrocientos once) expedientes, produciéndose un avance equivalente al 70.07%. Asimismo, precisó que si bien existió la necesidad de un total de 3,209,628 (tres millones doscientos nueve mil seiscientos veintiocho) expedientes judiciales para el presente año; se trabajó 867,127 expedientes (ochocientos sesenta y siete mil ciento veinte siete) expedientes judiciales, debido al periodo vacacional. No obstante, se tiene que la producción se incrementará gradualmente en marzo, cuando la maquinaria de trabajo reinicia sus labores, y se pueda desarrollar con normalidad las actividades del Plan de Descarga y Plan de Eliminación de Documentos, considerando que la meta de esta última actividad archivística es de proponer eliminar 8,750 (ocho mil setecientos cincuenta metros lineales); es decir un aproximado de 65,625,000 (sesenta y cinco millones seiscientos veinticinco mil folios) a nivel nacional, considerados en las 35 Cortes Superiores de Justicia del país. De manera indistinta se considera también metas para los órganos administrativos nacionales como la Corte Suprema de Justicia de la República, Procuraduría, Oficina de Control de la Magistratura, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Gerencia General del Poder Judicial.
Sexto. Que, debido a que aún subsisten actividades de descarga que quedaron pendientes de trabajar y considerando que los órganos jurisdiccionales remiten nueva documentación a los archivos desconcentrados de manera permanente, y que el personal del Plan de Descarga ha sido capacitado de manera permanente en temas archivísticos y en procesos técnicos archivísticos, resulta necesario que se continúe en lo posible y pertinente con el mismo personal ya contratado y capacitado en su momento para el cumplimiento total del Plan de Descarga durante el año 2023; así como, continuar con la implementación del Plan de Eliminación de Documentos en el 2023, en esta ocasión a nivel nacional de manera masiva y exclusiva, con una meta proyectada de 8,750 (ocho mil setecientos cincuenta metros lineales); es decir un aproximado de 65,625,000 (sesenta y cinco millones seiscientos veinticinco mil folios) considerados en las 35 Cortes Superiores de Justicia del país, de manera indistinta se considera también metas para los órganos administrativos nacionales como la Corte Suprema de Justicia de la República, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo y Gerencia General del Poder Judicial; con la finalidad de ejecutar eficientemente el Plan de Descarga de los Archivos del Poder Judicial y el Proceso de Eliminación de Documentos en el Poder Judicial para el Plan de Descarga de los Archivos Centrales, a efectos de vencer la carga acumulada en los Archivos Desconcentrados (ex archivos centrales) del Poder Judicial; asimismo, resulta necesario que se agregue nuevas actividades de impacto a desarrollar por dicho personal como Series Documentales, Tabla de Retención, Inventarios de Documentos Archivísticos, Programa de Control Archivístico (PCDA) entre otros documentos, que facilitarán los proyectos técnicos archivísticos de Eliminación, Transferencia, Digitalización e Identificación de Documentos Jurisdiccionales y Administrativos.
Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 533-2023 de la décima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de marzo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la prórroga de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS), de las plazas cubiertas a mérito de la Resolución Administrativa N° 310-2021-CE-PJ y prorrogada por Resolución Administrativa N° 000438-2021-CE-PJ, luego mediante Resolución Administrativa N° 00026-2022-P-CE-PJ y últimamente mediante Resolución Administrativa N° 000464-2022-P-CE-PJ, hasta el 31 de diciembre de 2023; siempre y cuando dichos contratos se hayan realizado mediante concurso público.La Gerencia General del Poder Judicial debe disponer las medidas necesarias, para la continuidad de los contratos del personal que laboró en el Plan de Descarga 2022.
Artículo Segundo.- El periodo de vigencia de la referida prórroga de Contratos Administrativos de Servicios (CAS) será de nueve meses, comprendido desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo Tercero.- La contratación del personal sujeto a las condiciones antes mencionadas, tiene como función única y exclusiva aquellas labores en los archivos judiciales, donde continuarán conforme al siguiente detalle:
Artículo Cuarto.- Establecer que la Gerencia General del Poder Judicial disponga las medidas administrativas necesarias, para la continuidad de los códigos de plaza temporales para la contratación de personal en la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS); comunicando a las respectivas Cortes Superiores de Justicia del país.
Artículo Quinto.- La Gerencia General del Poder Judicial y/o áreas pertinentes deberán de gestionar la continuidad de los códigos presupuestales necesarios, a fin que los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia comprendidas en la presente disposición, puedan contratar el número de profesionales indicado previamente, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS).
Artículo Sexto.- Los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, bajo responsabilidad, cautelarán que las plazas sean cubiertas en su totalidad y se cumplan los procedimientos de selección cuando corresponda, según el reglamento y perfil de cargo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; disponiendo, además, que el personal contratado será para el cumplimiento único y exclusivo de labores en el área de Archivo Central de la Corte Superior. Asimismo, se adoptarán las medidas pertinentes de bioseguridad, a fin de evitar la propagación del Covid-19.
Artículo Sétimo.- Para el cumplimiento de las actividades a realizar en el área de archivo y definir sus resultados, los Distritos Judiciales del país implementarán las siguientes medidas administrativas:
7.1. Los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia dispondrán que se provea el espacio físico, el equipamiento informático y logístico necesario, a fin que los profesionales que continúan en el Plan de Descarga puedan cumplir con las metas establecidas.
7.2. Los responsables de archivo informarán a la Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, de forma obligatoria los días lunes, el reporte de trabajo desarrollado en la semana anterior, esto hasta culminar el periodo de contratación del personal.
7.3. Los responsables del archivo desconcentrado (ex archivo central), al finalizar la contratación del personal, deberán emitir un informe de forma cualitativa y cuantitativa con los resultados obtenidos, los logros alcanzados y el porcentaje de descarga cumplido.
7.4. La Gerencia de Administración Distrital de las Cortes Superiores de Justicia, dispondrán las medidas preventivas de bioseguridad y distanciamiento social obligatorio, a fin de cautelar la integridad y seguridad del personal a contratar, y del personal que labora en el archivo desconcentrado (ex archivo central)
Artículo Octavo.- El Plan de Descarga para los Archivos Desconcentrados del Poder Judicial 2023 considerará, en prioridad, las siguientes actividades:
8.1. Recepción de expedientes provenientes de los Juzgados
8.2. Ingreso de expedientes judiciales al Sistema
8.3. Ubicación, clasificación y ordenamiento de expedientes judiciales en los estantes.
8.4. Identificación de Expedientes Históricos y/o Emblemáticos.
8.5. Elaboración de las series documentales y del Programa de Control de Documentos Archivísticos (PCDA).
8.6. Desarrollo del Proceso de Transferencia de expedientes judiciales a los archivos regionales.
8.7. Desarrollo del Proceso de Eliminación de documentos jurisdiccionales y administrativos.
8.8. Desarrollo de Series Documentales, Tabla de Retención, Inventarios de Documentos Archivísticos, Programa de Control Archivístico (PCDA) entre otros documentos, que facilitarán los proyectos técnicos archivísticos de eliminación, Transferencia, Digitalización e Identificación de Documentos Jurisdiccionales y Administrativos.
La Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial previo informe técnico podrá incluir nuevas actividades archivísticas en el Plan de Descarga de los Archivos Judiciales 2023, considerando la realidad institucional de los repositorios de los Archivos Desconcentrados de las Cortes Superiores de Justicia del país, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura y Procuraduría Pública del Poder Judicial”.
Artículo Noveno.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Archivos del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
(...)
Comentarios
Publicar un comentario