Res. Adtva Nº 000248-2021-CE-PJ

 

Aprueban la suscripción de Cláusulas de Adhesión para la participación del Poder Judicial en la Plataforma “Mejor Atención al Cliente - MAC”

Norma :  Res. Adtva Nº 000248-2021-CE-PJ

Publicado  : 17/08/2021


Lima, 14 de agosto del 2021

VISTO:

El Oficio Nº 891-2021-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Decreto Legislativo Nº 1211 se aprobaron medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios públicos integrados a través de ventanillas únicas e intercambio de información entre entidades públicas. Posteriormente, mediante Decreto Legislativo Nº 1447, se modificó el Decreto Legislativo Nº 1211 adecuando su denominación al “Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos”, bajo criterios que prioricen eficiencia, productividad, oportunidad y mejora de la calidad, y para promover el despliegue transversal de las tecnologías digitales en los servicios y trámites a cargo de las entidades públicas. Asimismo, el artículo 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1211 establece que los servicios integrados, son aquellos que se brindan por más de una entidad pública y con un único punto de contacto, y que pueden articularse a través de la cadena de trámites y eventos de vida, con la finalidad de facilitar y mejorar el acceso, articulación y la calidad de los servicios que brinda el Estado a las personas naturales y jurídicas.

Segundo. Que, la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano - MAC es una modalidad de los servicios integrados, siendo definida por el artículo 11º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1211 como la única plataforma del Estado, que a través de accesos o canales de atención presenciales, no presenciales o mixto, brinda múltiples servicios de información, orientación, atención de trámites, reclamaciones u otros servicios del Estado, incluyendo los que resulten de la prestación de servicios por instituciones privadas según corresponda, a fin de asegurar una atención de calidad a las personas naturales y jurídicas.

Tercero. Que, en tal sentido, para el cumplimiento de las normas mencionadas en los párrafos precedentes, la Subsecretaria de Calidad de Atención al Ciudadano de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita al Poder Judicial la suscripción de las Cláusulas de Adhesión y Nivel de Servicio, las cuales son aplicables a las entidades públicas previstas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cuarto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio Nº 891-2021-GG-PJ, remite a consideración de este Órgano de Gobierno el Oficio Nº D000131-2021-PCM-SSCAC, mediante el cual la Subsecretaria de Calidad de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita gestionar la suscripción de las Cláusulas de Adhesión por parte de la titular del Poder Judicial, para la participación del Poder Judicial en la citada plataforma.

Al respecto, manifiesta que la Gerencia de Servicios Judiciales concluye en la viabilidad de la incorporación a la plataforma “Mejor Atención al Cliente - MAC”, que permitirá acortar las brechas del servicio brindado a los ciudadanos (Emisión de Certificados de Antecedentes Penales Electrónicos), sobre todo para las personas que no cuentan con infraestructura tecnológica o no están familiarizados con ella; por lo que señalan que el MAC coadyuvará a mejorar la calidad y oportunidad de atención, ya que el servicio se extiende fuera de los horarios de oficina e inclusive los fines de semana; asimismo, la Oficina de Asesoría Legal con el Informe Nº 889-2021-OAL-GG/PJ, emite opinión declarando viable la citada incorporación.

Quinto. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 928-2021 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de julio de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la suscripción de las “Cláusulas de Adhesión para la incorporación de entidades no conformantes del Poder Ejecutivo a la Plataforma MAC”, por parte de la señora Presidenta del Poder Judicial, para la participación de este Poder del Estado en la Plataforma “Mejor Atención al Cliente - MAC”.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Subsecretaria de Calidad de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta


Comentarios

Entradas populares de este blog

Res de Superintendencia Nº 000201-2023/SUNAT

Res. de Superintendencia Nº 419-2023-SUNAFIL

D. S. Nº 007-2023-TR