Res. Adtva N° 000028-2022-P-CE-PJ

 Disponen trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial del 5 al 6 de abril de 2022


Norma : Res. Adtva N° 000028-2022-P-CE-PJ

Publicado : 06/04/2022

Edición  extraordinaria  del  diario  oficial  El  Peruano 

Lima, 4 de abril del 2022

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 000113-2022-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la cual en uno de sus extremos se delega facultades a la Presidencia de este Órgano de Gobierno.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas de prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19, la cual fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA y 025-2021-SA; posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 003-2022-SA se extendió dicha medida a partir del 2 de marzo de 2022, por el plazo de ciento ochenta días calendario.

Segundo. Que, con la finalidad de mantener las labores en el Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 000113-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, prorrogó del 1 al 30 de abril de 2022, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se establecieron diversas medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo; y se delegó facultades a la Presidencia del Poder Judicial y a los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país para que dispongan las medidas sanitarias necesarias; así como de los recursos humanos y logísticos para el adecuado funcionamiento de órganos jurisdiccionales y administrativos del 1 al 30 de abril de 2022, y dictar las medidas complementarias que se requieran; según la realidad y ubicación geográfica de cada sede judicial, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Tercero. Que, teniendo en consideración el actual contexto social, y a fin de resguardar la seguridad de jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de usuarios/as del sistema judicial; y para garantizar la continuidad del servicio de justicia, resulta necesario disponer a exclusividad el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, del 5 al 6 de abril del presente año.

Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 000113-2022-CE-PJ,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer, del 5 al 6 de abril de 2022, el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial; efectivizándose en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el/la jefe/a inmediato.

Artículo Segundo.- La Presidencia del Poder Judicial y las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, pueden establecer el trabajo presencial si se dan las condiciones de seguridad.

Artículo Tercero.- Disponer que bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, pues estás deben llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta del Consejo Ejecutivo


Comentarios

Entradas populares de este blog

Res de Superintendencia Nº 000201-2023/SUNAT

Res. de Superintendencia Nº 419-2023-SUNAFIL

D. S. Nº 007-2023-TR