RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000369-2022-CE-PJ
Aprueban la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco
Norma : RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000369-2022-CE-PJ
Publicada ; 18/10/2022
Lima, 14 de octubre del 2022
VISTO:
El Oficio N° 000119-2022-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000119-2022-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco, respecto a la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), en sus respectivas sedes judiciales.
Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico (EJE), promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, es parte del fortalecimiento de la transformación digital de este Poder del Estado; previsto como Objetivo Estratégico Institucional (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el año 2017 mediante Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales, en concordancia con los objetivos estratégicos del PEI del Poder Judicial.
Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 00039-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, de conformidad a lo sustentado en el Informe N° 001-2021-ST-CT-EJE-PJ elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se verifica las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional (POI); que viene siendo potenciado en el actual periodo 2022 para enfrentar la emergencia sanitaria declarada por la pandemia del COVID-19 en el país, permitiendo incorporar nuevos servicios en beneficio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la finalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia a la partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres
Cuarto. Que por Resolución Administrativa N° 000024-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan de Actividades 2022 de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, en el cual se plantean acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios, y elevada disposición al uso de TIC en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial.
Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de octubre de 2022, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en cuatrocientos noventa órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo Subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil Subespecialidad Comercial, Oralidad Civil y Familia Subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes de Grupo Familiar. De igual forma, a este número de órganos jurisdiccionales se añaden trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 138-2020-P-CE-PJ.
Sexto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000338-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la “Matriz para la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial”, la cual constituye una herramienta de gestión que permitirá realizar una adecuada coordinación interinstitucional, con el fin de organizar, sistematizar, analizar, clasificar, facilitar el seguimiento y monitoreo; y, formular propuestas de mejora continua para la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial. En ese sentido, se ha incluido a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico como participante responsable del apoyo en la implementación de los objetivos prioritarios de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia que consideran medidas específicas, cuyo detalle se encuentra descrito en la matriz que incluye “(…)Ampliar la cobertura del EJE a todos los distritos judiciales, así como elaborar y ejecutar un Plan de Monitoreo y Evaluación del Impacto y Satisfacción del EJE (…)”, objetivos alineados por las acciones que viene desplegando la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, en fortalecer el desarrollo de la transformación digital en el Poder Judicial (OEI.05)
Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 058-2022-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el informe presentado por la Gerencia de Informática de la Gerencia General remitido mediante Oficio Múltiple N° 000074-2022-GI-GG-PJ, en el cual propone la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco; así como los pedidos de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco.
Octavo. Que, las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco mediante los Oficios N° 001093-2022-P-CSJSU-PJ y N° 000921-2022-P-CSJHN-PJ, respectivamente, formalizan la solicitud de implantación del Expediente Judicial Electrónico en sus respectivas Cortes Superiores, para la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), indicando su predisposición en la ejecución de las acciones necesarias para su implantación y la factibilidad técnica que la viabiliza.
Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1328-2022 de la cuadragésima setima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de octubre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Álvarez Trujillo por encontrarse de viaje en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la implantación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco; conforme a la propuesta de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. En consecuencia, disponer que las Presidencias de las mencionadas Cortes Superiores, designen el Comité de Implantación para la especialidad.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Sullana y Huánuco; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
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