Ley Nº 32144
Ley que define las labores del Barista , del Maestro Chocolatero y del Sommelier
Norma : Ley Nº 32144
Publicado : Martes 29 Octubre 2024
Resumen :El barista es un especialista en la preparación de café de alta calidad.
El maestro chocolatero es un especialista de la cocina que se dedica a la preparación de productos elaborados sobre la base de chocolate.
El sommelier es un especialista del sector vitivinícola que tiene como principal función la atención del servicio de vino y de otros productos relacionados.
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DEFINE LAS LABORES DEL BARISTA, DEL MAESTRO CHOCOLATERO Y DEL SOMMELIER
Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto el reconocimiento de las labores del barista, del maestro chocolatero y del sommelier con la finalidad de salvaguardar sus competitividades en el proceso gastronómico y en las actividades turísticas afines a sus labores.
Artículo 2. Denominación de barista El barista es un especialista en la preparación de café de alta calidad, que trabaja creando nuevas y diferentes bebidas basadas en este, usando varios tipos de leche, esencia y licor, entre otros.
También es el responsable de la presentación de dichas bebidas y puede complementar su trabajo con el arte del latte o el arte del café con leche.
Artículo 3. Denominación de maestro chocolatero El maestro chocolatero es un especialista de la cocina que se dedica a la preparación de productos elaborados sobre la base de chocolate, ya sean tabletas, bombones, trufas o cualquier figura hecha de chocolate.
Así también explora recetas creativas para desarrollar productos originales sobre la base de chocolate, desde un punto de vista estético y de sabor.
Artículo 4. Denominación de sommelier El sommelier es un especialista del sector vitivinícola que tiene como principal función la atención del servicio de vino y de otros productos relacionados, en los diferentes locales de consumo, para cuyo efecto, desarrolla diferentes tareas como organizar, planear, definir, controlar, seleccionar y gerenciar el servicio de la bebida en los diferentes locales de consumo a nivel nacional.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Adecuación del reglamento El Poder Ejecutivo, de conformidad con sus atribuciones y competencias, adecuará el Reglamento para la Categorización y Calificación Turística de Restaurantes, aprobado por el Decreto Supremo 011-2019-MINCETUR, a fin de incorporar en el párrafo 4.1 sobre definiciones y referencias al barista, al maestro chocolatero y al sommelier.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
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